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¿Cómo puedo proteger mi reclamo por lesiones personales en caso de bancarrota?

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Declararse en bancarrota es un acontecimiento importante en la vida que implica mucho papeleo confuso, emociones encontradas y prioridades contrapuestas. Debido a que la ley de bancarrota es tan compleja, es difícil saber qué hacer y cuándo hacerlo. 

No solo eso, sino que el proceso de quiebra puede complicarse aún más si el deudor ha recibido, espera recibir o tiene derecho a recibir una indemnización por daños personales. Las personas que se encuentran en esta situación suelen preocuparse por perder su indemnización por daños personales y, naturalmente, quieren protegerla.

Afortunadamente, ciertas leyes de quiebra protegen las reclamaciones por lesiones personales, pero tomar las medidas necesarias requiere conocimientos y comprensión de la ley.

Comprender los capítulos 7 y 13 de la ley de quiebras en el contexto de las reclamaciones por daños personales

Cuando una persona endeudada (deudor) presenta una solicitud de quiebra, se crea una nueva entidad jurídica denominada masa de la quiebra, que es administrada por un administrador concursal. La persona endeudada tiene entonces la obligación legal de revelar todos sus bienes y activos (incluidas las reclamaciones por daños personales) a la masa de la quiebra.

La declaración de quiebra según el Capítulo 7 permite a los deudores liquidar la mayoría de los tipos de deuda. La función del administrador concursal es tomar los bienes y activos no exentos del patrimonio y pagar a los acreedores con el producto de la venta de esos bienes antes de que se liquiden las deudas restantes de la persona.

Las leyes que rigen la bancarrota del Capítulo 7 permiten al administrador actuar en nombre del deudor. Si, por ejemplo, el deudor sufrió una lesión y tiene derecho a una indemnización, pero aún no ha presentado una reclamación, el administrador de la bancarrota puede presentar una en nombre del deudor. El administrador puede incluso seleccionar un abogado para el deudor y determinar si se debe llegar a un acuerdo y cuándo. En muchos casos, esto deja a la persona endeudada con poco o ningún poder de decisión sobre el asunto.

Por otro lado, declararse en bancarrota según el Capítulo 13 permite al deudor reorganizar sus deudas. El administrador de la bancarrota media en las negociaciones entre el deudor y los acreedores para ayudar a alcanzar un equilibrio justo entre los intereses de ambas partes. La bancarrota del Capítulo 13 ofrece más flexibilidad al deudor y tiene en cuenta las actividades, propiedades y activos posteriores a la declaración de bancarrota hasta que se cierran los procedimientos de bancarrota.

Divulgación de reclamaciones por daños personales en casos de quiebra

La quiebra exige que el deudor informe a sus acreedores sobre cualquier propiedad o activo que posea. El hecho de no revelar todas las propiedades y activos, incluso de forma involuntaria, puede constituir un fraude de quiebra.

Como parte de este requisito, los deudores que hayan sufrido lesiones personales antes de declararse en quiebra deben revelar dichas lesiones y cualquier indemnización que hayan recibido o esperen recibir (importe total de la indemnización menos los honorarios del abogado). Una vez revelados todos los datos, puede comenzar el proceso de protección de la reclamación por lesiones personales con exenciones.

Exenciones para reclamaciones por lesiones personales

Los gobiernos federal y estatales tienen diferentes leyes con respecto a las exenciones para reclamaciones por lesiones personales, y estas leyes pueden variar de un estado a otro. La decisión de utilizar exenciones federales o estatales dependerá de las propiedades y los activos del deudor, de si el deudor desea protegerlos y de qué sistema de exenciones le beneficie más.

Exenciones federales por lesiones personales

Tanto el Capítulo 7 como el 13 de las leyes federales de quiebra permiten a los deudores proteger las reclamaciones por daños personales mediante exenciones. Durante un procedimiento de quiebra, un deudor puede reclamar hasta 23 675 dólares de indemnización recibida por daños físicos como exentos del procedimiento de quiebra. Sin embargo, la indemnización por daños emocionales y sufrimiento no puede reclamarse como exenta. Es fundamental que los deudores se mantengan informados sobre las exenciones específicas disponibles en virtud de las leyes de su estado, ya que estas pueden variar significativamente. Buscar asesoramiento legal también puede proporcionar información valiosa sobre consejos para proteger los acuerdos por daños personales que pueden ayudar a maximizar los beneficios recibidos mientras se navega por el proceso de quiebra. Al comprender estos matices, los deudores pueden proteger mejor sus activos y asegurar su futuro financiero.

Los deudores también pueden utilizar una exención general, también conocida como exención «comodín», para proteger hasta 1250 dólares de una reclamación por daños personales. Además, si el deudor no utilizó toda su exención federal por vivienda familiar, puede proteger hasta 11 850 dólares más. Utilizando todas las exenciones federales aplicables, un deudor puede proteger hasta 36 775 dólares del valor de su reclamación por daños personales.

Exenciones de Texas por lesiones personales

Texas no tiene sus propias leyes de exención para proteger la indemnización por demandas por lesiones personales, ni tampoco tiene una exención comodín. Esto significa que los residentes de Texas que tengan una demanda por lesiones personales y se declaren en quiebra deben, por lo general, basarse en las exenciones federales para proteger el valor de su demanda.

Otras notas sobre la protección de las reclamaciones por daños personales en caso de quiebra

Si se produce una lesión después de declararse en bancarrota según el Capítulo 7, no es necesario revelarla y puede quedarse con cualquier indemnización económica. Sin embargo, dado que la bancarrota según el Capítulo 13 tiene en cuenta las actividades posteriores a la declaración de bancarrota, la indemnización concedida por una lesión posterior a la declaración durante el procedimiento del Capítulo 13 debe revelarse al administrador de la bancarrota.

Si aún no se ha declarado en quiebra y no ha revelado su lesión, puede resultar tentador renunciar por completo a la revelación, pero esto es una mala idea porque genera responsabilidad penal. Los administradores concursales pueden (y lo harán) comprobar los registros una vez finalizado el proceso de quiebra para ver si el deudor presentó una reclamación por lesiones personales derivadas de una lesión anterior a la quiebra.

Un factor que puede dificultar la protección de su reclamación por lesiones personales es combinarla con otros fondos. Un fideicomisario podría argumentar que, una vez que la reclamación se mezcla con otros fondos, ya no se puede distinguir del resto del dinero de la cuenta y, por lo tanto, deja de estar exenta.

Las personas que se declaran en quiebra y han presentado una demanda por lesiones personales pueden preguntarse qué sucede si ya han gastado el dinero que recibieron por su demanda. ¿Puede el administrador recuperarlo?

La respuesta es que depende. Si gastó el dinero de la reclamación en actividades cotidianas normales, como comprar comestibles, pagar el alquiler, pagar el automóvil o el seguro, u otros gastos de subsistencia, es poco probable que el fideicomisario recupere el dinero. Sin embargo, si el dinero de la reclamación se gastó de manera sospechosa en un período corto, se transfirió a un amigo o familiar, o se utilizó para pagar a ciertos acreedores preferentes, es posible que el fideicomisario pueda recuperar el dinero de la reclamación.

Por supuesto, dado que cada declaración de quiebra y cada reclamación por lesiones personales es diferente, es imposible determinar cuáles de las circunstancias descritas en este artículo se aplicarán a su situación particular sin conocer los detalles de su caso. La mejor manera de proteger su reclamación es consultar a un abogado experimentado y cualificado que comprenda la interacción entre la quiebra y las reclamaciones por lesiones personales, para que pueda recopilar los detalles de su situación y aconsejarle sobre el mejor camino a seguir.

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Referencias

11 U.S.C. § 522 – Código de los Estados Unidos – Título 11 sin anotaciones. Quiebra § 522. Exenciones. (2017).Find Law. Obtenidodehttp://codes.findlaw.com/us/title-11-bankruptcy/11-usc-sect-522.html

Laque se proporciona aquí es fcon fines meramente informativos y no debe interpretarse como asesoramiento legal sobre ningún tema.